
En 2026 casi todos los países de habla hispana se preguntan lo mismo: ¿a qué edad deberían los chicos y chicas tener redes sociales y qué tienen que hacer las plataformas para cuidarlos? Las respuestas cambian rápido. México publicó un decreto en octubre, Colombia discute un proyecto para menores de 16, Argentina tiene varias propuestas en el Congreso y en España el proyecto de ley más esperado caducó sin aprobarse.
Este resumen reúne, país por país, qué rige hoy y qué sigue en debate, con la fuente oficial de cada norma. Es informativo: no es asesoramiento legal. Actualizado el 19 de octubre de 2026 · Próxima revisión: trimestral (enero de 2027).
En esta guía:
Ningún país de habla hispana tiene hoy una prohibición general de redes sociales para menores. Lo que existe son reglas sobre datos personales, delitos como el grooming y, en México, obligaciones nuevas para las plataformas. Esta tabla resume el estado al 19 de octubre de 2026.
| País | Qué rige hoy | Qué se discute | Estado al 19-oct-2026 |
|---|---|---|---|
| España | 14 años para consentir el uso de datos (LOPDGDD, art. 7) | Subir a 16 la edad para redes, con verificación de edad | Proyecto de ley caducado el 6-oct-2026 |
| México | Decreto de entornos digitales seguros (DOF, 14-oct-2026): verificación de edad, privacidad estricta por defecto, supervisión parental | Mesa de trabajo para proponer más regulación | Vigente desde el 14-oct-2026; sin sanciones propias |
| Colombia | Ley 1581 de 2012: datos de niños, niñas y adolescentes con protección reforzada | Prohibir redes sociales a menores de 16 | Proyecto en trámite (radicado en julio de 2026) |
| Argentina | Grooming como delito (Ley 26.904) y Ley Mica Ortega (27.590) | Edad mínima de 13 y consentimiento entre 14 y 16, entre otros proyectos | Proyectos sin aprobar |

Hoy, en España, un menor puede consentir el uso de sus datos personales a partir de los 14 años; por debajo, hace falta el consentimiento de su padre, su madre o quien ejerza la tutela. El proyecto de ley que subía esa edad a 16 para las redes sociales caducó en octubre de 2026 y tendría que volver a presentarse.
Lo que rige. El artículo 7 de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos (LOPDGDD) fija los 14 años como edad para que un menor consienta el tratamiento de sus datos. Es la base que usan las plataformas para pedir, o no, la autorización de la familia.
Lo que se discutía. El Gobierno presentó en marzo de 2025 el Proyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales. Entre otras medidas, subía a 16 años la edad para registrarse en redes sociales y pedía sistemas de verificación de edad. El Congreso aprobó su tramitación en septiembre de 2025 y lo trabajó en ponencia durante 2026.
Qué pasó. Según la ficha oficial del Congreso de los Diputados (expediente 121/000052), el proyecto figura como «Concluido – (Caducado)» desde el 6 de octubre de 2026, con la disolución de las Cortes y la convocatoria de elecciones generales. Para que vuelva a tramitarse, el próximo Gobierno o los grupos parlamentarios tendrían que presentarlo de nuevo.
Fuente oficial: BOE y Congreso de los Diputados · Verificado el 19-oct-2026 · Próxima revisión: trimestral.
Desde el 14 de octubre de 2026, las plataformas digitales que operan en México deben verificar la edad de quienes las usan con mecanismos confiables, activar por defecto la privacidad más estricta en las cuentas nuevas y ofrecer herramientas de supervisión para las familias. El decreto no prohíbe las redes ni fija una edad mínima.
El Decreto de entornos digitales seguros para niñas, niños y adolescentes se publicó en el Diario Oficial de la Federación y entró en vigor ese mismo día. Llegó después del debate nacional que el Gobierno abrió el 20 de julio de 2026, con mesas semanales de especialistas en salud mental, educación, tecnología y derechos de la infancia.
A quién alcanza. A las plataformas digitales que permiten interactuar, comunicarse o compartir contenido: redes sociales, videojuegos y tiendas de aplicaciones, «entre otros».
Qué les pide:
Lo que no dice. El decreto no fija sanciones propias ni nombra a los servicios de mensajería. Encarga a la Consejería Jurídica del Ejecutivo una mesa de trabajo para proponer más regulación.
Fuente oficial: Diario Oficial de la Federación · Verificado el 19-oct-2026 · Próxima revisión: trimestral.
No. En julio de 2026 se radicó en el Congreso un proyecto de ley para prohibir el acceso a redes sociales a menores de 16 años, con verificación de edad obligatoria y sanciones para las plataformas. Necesita cuatro debates entre Cámara y Senado; al 19 de octubre de 2026 no consta su aprobación.
Qué propone. La iniciativa del senador Enrique Cabrales y el representante Jesús Lorduy apunta a plataformas como TikTok, Instagram, X y Facebook. Plantea tres ejes:
No limitaría el acceso general a internet, por ejemplo para estudiar. Sus impulsores citan el ciberacoso, el grooming y la exposición a contenidos dañinos. Durante el trámite se discutirán la viabilidad técnica de la verificación de edad y sus riesgos para la privacidad.
Lo que rige. El artículo 7 de la Ley 1581 de 2012 de protección de datos personales exige respetar los derechos prevalentes de niños, niñas y adolescentes y prohíbe tratar sus datos, salvo los de naturaleza pública.
Fuente oficial: Ley 1581 de 2012 (Función Pública). El texto del proyecto se publica en la Gaceta del Congreso · Verificado el 19-oct-2026 · Próxima revisión: trimestral.
No hay una ley nacional que fije una edad mínima para usar redes sociales. Lo que sí rige es la protección penal frente al grooming, que es delito desde 2013, y un programa nacional de prevención. En el Congreso hay proyectos sobre edad mínima y verificación de edad, todavía sin aprobar.
Lo que rige:
Lo que se discute. Entre otros, el proyecto 1114-D-2026 propone prohibir las cuentas en redes sociales a menores de 13, permitirlas entre los 14 y los 16 con consentimiento de quienes ejercen la responsabilidad parental y exigir a las plataformas verificación de edad. También hay propuestas provinciales, como una en Buenos Aires.
Fuente oficial: InfoLEG (Ministerio de Justicia) · Verificado el 19-oct-2026 · Próxima revisión: trimestral.
En casi todo el mundo, WhatsApp pide 13 años para tener cuenta propia. Ninguna de las normas o proyectos de este resumen nombra a WhatsApp: los proyectos de España y Colombia hablan de redes sociales, y el decreto de México define las plataformas de forma amplia, sin mencionar la mensajería.

Por debajo de los 13, WhatsApp ofrece cuentas administradas por padres, donde la persona adulta decide quién puede escribirle a su hijo o hija y a qué grupos entra, sin leer sus mensajes. Esas cuentas no admiten dispositivos vinculados, así que Xoul no se puede conectar a ellas. Entre los 13 y los 17, existen controles parentales opcionales que la persona adulta y el chico o la chica tienen que aceptar de común acuerdo. Las dos herramientas llegan de forma gradual y pueden no estar disponibles todavía en tu país, según el centro de ayuda de WhatsApp.
Si quieres profundizar en cómo funcionan, en Seguridad digital en la adolescencia repasamos qué configurar juntos.
Las leyes ponen obligaciones a las plataformas, pero no hablan con tu hijo o tu hija. Lo que más protege sigue pasando en casa: conversar seguido, acordar reglas en familia, configurar la privacidad en equipo y estar disponible cuando algo incomoda, sin castigar por contarlo.

Varias de estas leyes reconocen que los chicos y chicas ganan autonomía con la edad: en España, por ejemplo, desde los 14 pueden consentir el uso de sus datos. Más allá de lo que diga cada norma, acompañar con su acuerdo cuida algo que ninguna ley puede imponer: la confianza.
Vigilar a escondidas puede dar una sensación de control, pero cuando se descubre, rompe justo el canal que más se necesita si algo sale mal. Por eso, en Xoul el consentimiento del hijo o la hija no es un detalle: es la condición para empezar. En la guía cómo hablar con tu hijo o hija sobre Xoul te proponemos cómo plantear esa conversación.

Acompañar sin espiar es saber cómo está tu hijo o tu hija sin leer sus conversaciones. Es lo que hace Xoul: no te muestra sus mensajes, te muestra cómo está, con informes de bienestar emocional, Novedades y un chat para pensar qué hacer.
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No. El proyecto de ley que subía a 16 la edad para registrarse en redes caducó el 6 de octubre de 2026 con la disolución de las Cortes. Hoy rige la LOPDGDD: desde los 14 años un menor puede consentir el uso de sus datos; por debajo, hace falta el consentimiento de su familia.
No. El decreto del 14 de octubre de 2026 obliga a las plataformas a verificar la edad, proteger por defecto las cuentas de menores, bloquear contenidos dañinos y ofrecer supervisión parental, pero no prohíbe las redes ni fija una edad mínima.
No. Es un proyecto radicado en julio de 2026 que necesita cuatro debates en el Congreso. Puede cambiar durante el trámite o no aprobarse.
Depende de cada país y de cada situación, y este resumen no es asesoramiento legal. Más allá de la ley, leer sus mensajes a escondidas suele dañar la confianza. Una alternativa es acompañar con su consentimiento, sin ver sus conversaciones.
Lo revisamos cada tres meses y cuando hay un cambio importante en alguno de los países. La fecha de la última verificación está al inicio del resumen y al pie de la sección de cada país.
Todas verificadas el 19 de octubre de 2026. Próxima revisión: trimestral.
Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento legal. Si necesitas orientación sobre un caso concreto, consulta con un profesional del derecho de tu país.
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